ABORTO

El aborto 

(del latín abortus, participio pasado de aborīrī, con el mismo significado que en español, a su vez de ab-, «de», «desde», y oriri, «levantarse», «salir», «aparecer») es la interrupción y finalización prematura del embarazo de forma natural o voluntaria. En un sentido más amplio, puede referirse al fracaso por interrupción o malogramiento de cualquier proceso o actividad.
Tipos de aborto
Aborto inducido
Artículo principal: Aborto inducido
El aborto inducido consiste en provocar la muerte del embrión o feto. Puede tratarse de un aborto terapéutico (o aborto indirecto) cuando se realiza desde razones médicas, o de un aborto por decisión personal (interrupción voluntaria del embarazo), cuando se realiza a petición de la mujer embarazada.1​

A su vez, según la técnica empleada para inducir el aborto, se puede hablar de aborto médico o aborto con medicamentos2​ y de aborto quirúrgico.3​4​


Aborto espontáneo
Artículo principal: Aborto espontáneo
El aborto espontáneo o aborto natural es aquel que no es provocado intencionalmente. La causa más frecuente es la muerte fetal; por anomalías congénitas del feto, frecuentemente genéticas. En otros casos se debe a anormalidades del tracto reproductivo, o a enfermedades sistémicas de la madre o enfermedades infecciosas. Cuando la edad gestacional es superior a 22 semanas o el peso del feto supera los 500 gramos, se habla de muerte fetal. Entre los signos y síntomas se encuentran el sangrado transvaginal anormal, por el cual se tiene que ser valorada por su ginecólogo y verificar que no queden restos placentarios.5​

Aborto terapéutico
Artículo principal: Aborto terapéutico
El aborto terapéutico es la interrupción provocada del desarrollo fetal. A diferencia del ¨aborto inducido¨ a este le preceden razones estrictamente médicas. Entre estos motivos cabe si la salud de la madre (física o mental) se encuentra directamente comprometida con dicho embarazo o en caso, si la vida de la madre corre riesgo. Es importante diferenciar el aborto terapéutico del inducido, ya que en el segundo influyen más factores socioeconómicos como ser producto de una violación, tener la incapacidad de solvencia económica, entre otros.[cita requerida]

Aborto por países
Categoría principal: Aborto por país
Argentina
Artículo principal: Aborto en Argentina
En Argentina el aborto se encuentra penalizado. Solo hay dos excepciones que no se consideran delito: en el caso de una violación de una mujer, y en el caso de que la madre corra riesgo de vida. El código penal en su artículo 85 afirma: El aborto no es punible:

1º. si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios;

2º. si el embarazo proviene de una violación, o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente. En este caso, el consentimiento de su representante legal deberá ser requerido para el aborto.

En el año 2012, en un fallo unánime, la Corte Suprema de Justicia de la Nación determinó que los abortos en caso de que el embarazo sea producto de una violación no son punibles, que estos no deberían ser judicializados y que cada provincia debería determinar un protocolo para la atención de todos aquellos casos en los que hubiera un aborto no punible.6​ 7​ Esta interpretación de la corte fue necesaria, porque dejó atrás una interpretación conflictiva acerca del inciso 2º del artículo 85 del código penal.

Belice
Artículo principal: Aborto en Belice
El aborto en Belice es considerado un delito excepto en los siguientes casos:

Cuando suponga poner en riesgo la vida de la madre.
Cuando llevar el embarazo a término ponga en peligro la salud física o mental de la madre o la de cualquiera de los niños de su familia.
Cuando haya un riesgo sustancial de que el bebé padezca una discapacidad severa.
En todos estos supuestos, el aborto será legal única y exclusivamente si es realizado por un médico registrado bajo ciertas condiciones.


Chile
Artículo principal: Aborto en Chile
El aborto en Chile, referido al aborto inducido o interrupción voluntaria del embarazo, es ilegal sin excepción según el Código Penal de Chile de 1874. El aborto fue definido como delito en el Código Penal de 1874. Sin embargo, en 1931 se establecieron excepciones con fines terapéuticos en el Código Sanitario. Dicha excepción se mantuvo hasta 1989, cuando el régimen militar de Augusto Pinochet penalizó nuevamente todo tipo de interrupción voluntaria del embarazo.

En 2017 se revirtió la penalización del régimen de Pinochet, restableciéndose la legalización del aborto en 3 causales: defectos fetales, peligro de vida para la mujer y casos de violación.

México
Artículo principal: Aborto en México
En México existen leyes que permiten el aborto bajo ciertas circunstancias; sin embargo, en la mayoría de los estados es difícil que las mujeres accedan a estos servicios de forma satisfactoria. El aborto es permitido cuando su origen se debe a una violación en los 32 estados de la república mexicana, riesgos para la vida de la mujer en 27 estados, aborto imprudencial o aborto espontáneo en 29 estados y en 8 de los estados es autorizado si la mujer sufrió de inseminación artificial no consentida; sólo uno de los Estados contempla razones económicas graves.
En el Distrito Federal la situación es otra pues, desde 2007, el aborto es legal antes de las 12 semanas de embarazo, bajo el programa de Interrupción Legal del Embarazo. Existen unas 21 clínicas de aborto privadas en el Distrito Federal. También se puede realizar la interrupción legal del embarazo en la Clínica de la Secretaría de Salud de manera gratuita,8​ aunque ésta suele presentar congestión para este tipo de intervenciones.

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